formación seguridad laboral 139

59 Febrero 2015 Normativa Y LEy de mutuas to de valorar la oportunidad de establecer un sistema de incre- mento de las cotizaciones a las empresas con índices excesivos de siniestralidad e incumplimiento de sus obligaciones en mate- ria de prevención de riesgos laborales”. De momento, el “malus” se sigue representando para las em- presas en el recargo de prestaciones económicas en caso de ac- cidente y enfermedad profesional: la propia pérdida del “bonus” y la posible actuación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Esperemos que en esta próxima revisión y modificación del sistema, se considere el elemento “malus”. Reflexiones finales Considero muy positivo que el Gobierno haya decidido abor- dar la modificación del sistema de incentivación que implantó en el año 2010 y que, a lo largo de estos años, se ha demostra- do ineficiente. Si queremos que este sistema consiga una creciente implan- tación, las modificaciones que surjan al sistema deberán alige- rar la carga burocrática de su consecución. El sistema actual es lento y complicado. Hay que hacerlo más efectivo y hay posibi- lidades para ello. Deberemos evitar que el coste administrativo para la empre- sa de efectuar la solicitud y el coste de tramitación pueda ser su- perior al importe del incentivo. Creo imprescindible que el sistema contemple también el elemento “malus”. Además de reconocer mediante el “bonus” a las empresas que lo están haciendo bien, es necesario “mo- tivar” también a aquellas empresas que no están haciendo una prevención efectiva. Por último, y no menos importante, deberíamos verificar si este sistema está contribuyendo a mejorar la prevención y, por tanto, a reducir la siniestralidad en las empresas participantes más que en las demás. rechazo a la figura del “bonus”, pues se genera en la empresa un campo de incerteza sobre criterios de interpretación no de- finidos, que ni tan siquiera se decía fuera susceptible de recur- so por parte de la organización. Si el “bonus” es por un fin, y si ese fin se demuestra en el expediente que se aporta en el ini- cio, que todas las resoluciones queden abiertas en el tiempo, no tiene lógica. Por suerte, esta modificación que no aportaba simplificacio- nes al sistema, sino todo lo contrario, no vio la luz. Propuestas de mejora Las líneas generales de mejora propuestas han sido reflejadas en un documento elaborado por la Comisión de Prevención de AMAT, la Asociación de Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, y trasladado, en su día, a la DGOSS (Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social). Éstas eran: ▪ Aliviar la carga administrativa para las empresas en la pre- sentación del incentivo, estableciendo la posibilidad de solici- tarlo a través de un sistema telemático, que permita gestio- nar las solicitudes de manera rápida y sencilla. ▪ Agilizar el proceso de reconocimiento y abono del incenti- vo, ya que la elevada demora que se está produciendo, por parte de la Administración, limita considerablemente que las empresas puedan efectuar una gestión correcta de es- tas ayudas. ▪ Facilitar y simplificar el procedimiento de acceso al incenti- vo por parte de las pequeñas empresas, teniendo en cuenta las particularidades preventivas de este colectivo. ▪ Eliminar la necesidad de efectuar inversiones para acceder al incentivo, implantando un sistema objetivo centrado en el comportamiento de la siniestralidad. ▪ Diseñar, desarrollar y mantener un sistema de reconoci- miento por baja siniestralidad, para las empresas, comple- mentario al actual, que ofrezca una imagen positiva de las empresas, de cara a potenciar su interés para solicitar el in- centivo. El “malus” En su día, las primeras críticas que recibió el sistema de incenti- vación, por parte de todos los colectivos y estamentos, fue que no se aumentaran las cotizaciones para quienes incumplieran sus obligaciones. El Consejo de Estado, en su dictamen del 11 de marzo de 2010, sobre el proyecto del Real Decreto 404/2010, llamó la atención sobre la omisión del elemento “malus”, ya que consi- deraba que, a pesar de que el Gobierno podía establecer más adelante el aspecto “malus” del sistema, hubiera sido más lógico y más adecuado que se hubiera incluido también el incremento de cotizaciones para las empresas que tuvieran índices llamati- vamente elevados de siniestralidad laboral. El propio Real Decreto, en su exposición de motivos, recogía que “el MTI llevará a cabo los estudios pertinentes, con obje-

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