formación seguridad laboral 139

50 Febrero 2015 Normativa Y LEy de mutuas La publicación el pasado 29 de diciembre de 2014 en el Bole- tín Oficial del Estado de la Ley 35/2014 por la que se modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social es uno de los hechos más relevantes que han sucedido en el sector de la pre- vención de riesgos laborales en los últimos años. La Ley de Mutuas, y lo que conlleva respecto a la venta de las participaciones de sus sociedades de prevención, responde a una demanda necesaria que desde el ámbito de los operadores privados, y concretamente de la Federación ASPA, hemos veni- do reclamando pretéritamente. Creo, como ya dije y publiqué en otros artículos antes de su entrada en vigor, que es una ini- ciativa coherente, justa y que armoniza con la doctrina legal de la Unión Europea sobre libertad de mercado y de operadores. Antes del 30 de junio de 2015 Como bien expone el texto de la norma, las sociedades de pre- vención de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermeda- des deberán ser vendidas en su totalidad antes del 30 de junio de este mismo año. En caso de no ser vendidas por no ser inte- resantes para ningún comprador, entrarían en causa de disolu- ción. La venta de estos operadores es una magnífica oportuni- dad para reordenar el sector. Todos los operadores empezare- mos a trabajar en igualdad de condiciones en el mercado y todo lo que ello conlleva –cosa que hemos reclamado y denunciado en infinidad de ocasiones desde el sector privado–, y muy en especial, queremos que aquellos proyectos que no sean viables no se les sostenga con recursos públicos procedentes de la mu- tua, como venía ocurriendo históricamente, y los que sí lo sean, sobrevivan en el mercado como realidad empresarial. Entre las acciones más relevantes iniciadas en defensa de la li- bre competencia del sector se encuentra la denuncia presenta- da por ASPA y la consecuente sentencia que dictamina el Tri- bunal Supremo, de marzo de 2014, donde se admite claramen- te que desde el año 2002 al 2005 las mutuas de accidentes de trabajo cometieron actos de competencia desleal al sector de los servicios de prevención privados, dejando de paso en muy mala situación a la propia Comisión Nacional de la Competen- cia de entonces, que siendo informada, a través de la preceptiva Análisis sobre la publicación de la Ley de Mutuas y la descapitalización de sus sociedades de prevención Rubén Rodríguez Martínez Presidente de la Federación ASPA*, miembro de la Junta Directiva de la CEOE y vocal de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud La venta de estos operadores es una magnífica oportunidad para reordenar el sector

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