formacion de seguridad laboral 140

91 Abril 2015 PRL en cadenas hoteleras cios de Prevención; y todas las demás normas vigentes en as- pectos relacionados con la PRL. -¿Cuántas horas de formación recibe cada trabajador? La política de nuestro servicio de prevención es que cada año se realicen sesiones formativas específicas sobre los riesgos de los distintos puestos de trabajo. Consideramos que es más efecti- vo ir refrescando las pautas correctas cada año que realizar una formación de muchas horas un año y no repetirla en varios. -¿Qué metodología se emplea para dicha instrucción? Diferenciamos a los trabajadores que se incorporan por pri- mera vez en la empresa de los que, por el contrario, llevan años de antigüedad. A los trabajadores de nueva incorpora- ción les ofrecemos una formación más teórica, impartida en el aula del centro de trabajo, mientras que a los trabajadores con antigüedad les ofrecemos una formación específica para su puesto de trabajo, que se imparte en grupos reducidos y en el propio puesto de trabajo, es decir, en una cocina de un hotel, en una habitación de hotel, etc. De esta manera, la for- mación es más amena y a la vez más real. Aparte de esta formación, también se imparte formación en emergencias, en primeros auxilios, en seguridad vial, específi- cas en el manejo de ciertas herramientas, etc. - En cuanto a siniestralidad laboral, ¿cuál es la situación? Aunque llevamos muchos años tra- bajando para eliminar la siniestralidad laboral, lamentablemente aún tene- mos accidentes, aunque la curva de descenso es lenta, pero continuada. -¿Qué medidas se aplican para re- ducirla y controlarla? Tal y como ya hemos comentado anteriormente, a través de la co- rrecta implementación de la cultura preventiva en toda nuestra organi- zación, intentando la concienciación de todo el organigrama (directo- res, jefes de departamento, dele- gados de prevención…), pretende- mos que todos ellos estén realmen- te implicados en esta reducción de la siniestralidad. Como su nombre indica, un EPI es un equipo para proteger al trabajador frente a riesgos que derivan de su puesto de trabajo. Está más que demostrado que, si se usan de forma adecuada, el riesgo se reduce y/o elimina y, por tanto, no se genera el ac- cidente de trabajo o la enfermedad profesional. - La vigilancia de la salud, ¿qué medidas conlleva? La vigilancia de la salud engloba una serie de actividades re- feridas tanto a individuos, como a colectividades, y orienta- das a la prevención de riesgos laborales. El principal propósito será entender el impacto que el trabajo tiene sobre la salud. Para ello debe actuar en diversos ámbitos, como la coordina- ción con las disciplinas técnicas, el desarrollo de una correc- ta vigilancia de la salud tanto individual como colectiva, la pro- moción de la salud laboral a través de programas individuales (inmunizaciones) y colectivos (programas sanitarios, asesora- mientos…). - ¿Qué legislación se aplica en materia de seguridad y salud laboral? La legislación que se aplica es la Ley 31/1995, de 8 de noviem- bre, de Prevención de Riesgos Laborales; el RD 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servi- La vigilancia de la salud engloba una serie de actividades referidas tanto a individuos, como a colectividades Como cualquier servicio de prevención propio, realizamos funciones muy variadas, como asesoramiento, formación, información o evaluaciones técnicas diversas

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