Formación de Seguridad Laboral 175

50 Enero-Febrero 2021 Más información: [email protected] prl en el sector alimentario sociales. La información y la educa- ción del consumidor con respecto al riesgo alimentario se torna impres- cindible por parte de los poderes pú- blicos y de los productores. La responsabilidad de los poderes públicos Las nuevas tecnologías, la global - ización del mercado alimentario, los avances científicos y la aparición de nuevos productos imponen la necesi- dad de disponer de medidas pre- ventivas a fin de eliminar o reducir el riesgo. Los responsables políticos, con- scientes de la nueva situación, se han planteado implantar mecanismos efi- caces que protejan la salud y la seguri- dad del ciudadano-consumidor. En el ámbito de la alimentación es- tos mecanismos protectores deben ser más rigurosos que en el resto de los productos, por ser de consumo habitual y por la relación directa en- tre alimentación y salud. En cuanto a la valoración del riesgo, deben dis- tinguirse entre efectos inmediatos o relativamente inmediatos (produci- ementos fundamentales: su inocuidad para la salud y su aptitud para el con- sumo. Después vienen otros factores, relacionados con las condiciones nor- males de uso del alimento por los con- sumidores y la información que se les ofrece sobre prevención de determina- dos riesgos para la salud. La necesidad de garantizar un el- evado nivel de protección para los consumidores ha llevado al legislador comunitario a tomar en consideración nuevos criterios de determinación de la nocividad de un alimento: los efec- tos adversos a corto y largo plazo para el consumidor y sus descendientes, los efectos tóxicos acumulativos y la sen- sibilidad que determinados grupos de consumidores puedan presentar con respecto a un alimento o categoría de alimentos. Un nuevo concepto de seguridad alimentaria En los últimos años, el ciudadano eu- ropeo ha sido espectador de excep- ción de diferentes acontecimientos rel- acionados con la seguridad de los ali- mentos. Esto ha supuesto una mayor sensibilización social frente a los ries- gos que pueden perjudicar la salud humana, cuyo conocimiento se ha di- fundido a través de los medios de co- municación, incluso antes de que los estudios científicos se pudieran pro- nunciar. La percepción del riesgo alimen- tario por par te de la ciudadanía ha aumentado considerablemente, con- figurándose un nuevo concepto de seguridad alimentaria que está en íntima relación con las expectativas del consumidor frente al producto que consume. La idea de que ningún alimento es absolutamente seguro está emigrando del ámbito científ- ico al ámbito social. Así, la seguridad de un alimento será una medida de la aceptabilidad del riesgo que éste representa. La tolerancia del riesgo es variable, dependiendo de los cam- bios que se produzcan de los valores dos por envenenamiento, por micro- bios alimenticios o las reacciones alér- gicas), y efectos retardados (que pro- ducen determinadas sustancias y se manifiestan un tiempo después de su inicio). Estos últimos presentan may- ores complejidades en cuanto a pre- visión y alcance de los riesgos, así como en la protección de los dere- chos de los consumidores. Uno de los principales obstáculos de la aplicación del principio de precau- ción reside en encontrar un equilib- rio entre la libertad y los derechos de los ciudadanos, de los productores y de las empresas, y la necesidad de re- ducir el riesgo en el ámbito de la sa- lud humana, animal o vegetal. Las difer- entes autoridades competentes tienen la responsabilidad política de fijar lo que se considera “el riesgo aceptable” por la sociedad. Deben dotarse de me- dios y técnicas legislativas adecuadas al riesgo que tratan de evitar. Y, en el caso de que deban adoptarse algún tipo de medidas, éstas deberán ser propor- cionadas, no discriminatorias, transpar- entes y coherentes.

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