Formación de Seguridad Laboral 190

/ Julio-Agosto 2023 48 artículo técnico V eintiséis años después de su publicación, la Direc- tiva Europea 89/686/CEE –también conocida como Directiva EPI (Equipos de Protección In- dividual)– ha dado paso a una nueva regulación en 2018: el reglamento UE 2016/245. Previamente categorizados en la clase 2 (riesgo que puede derivar en lesiones graves), los protectores auditivos han en- trado desde el 21 de abril de 2018, en la clase 3 (peligro mortal y/o irreversibles, según la clasificación vigente). Este es probablemente el punto más impactan- te porque refleja una evolución real de la conciencia sobre el tema del ruido en general y la sordera ocupacional en particular. Ahora está escrito en textos oficiales que el ruido en el trabajo puede causar daños irreversibles al cuerpo. La exposición al ruido en el lugar de trabajo es un tema que los países euro- peos tratan cada vez más seriamente. En 1986, se promulgó una primera directiva sobre “ruido”, seguida en 2003 por una nueva versión destinada a reducir los um- brales de exposición. En 2016, el riesgo de “ruido” se integra ahora en la nueva regulación sobre protectores personales. La categoría III de EPI es la que está sujeta a las obligaciones de control más estrictas. De hecho, además del examen CE, es obligatorio que los fabrican- tes controlen la calidad de su sistema de producción, ya sea mediante un sistema de calidad actualizado o mediante una ins- pección realizada por un orga- nismo externo. Una certificación obligatoria cada 5 años para seguir la evolución de los procesos de fabricación. Algunos protectores auditivos tenían un certificado que no se había renovado du- rante varios años, mientras que los mé- todos de fabricación han evolucionado mucho. Es para superar este problema que la validez de un certificado se limita- rá ahora a cinco años. En cuanto a las empresas que com- pran protección auditiva, ahora deben asegurarse de que sus proveedores cumplan con la nueva regulación, espe- cialmente en lo que respecta al período de validez de las certificaciones CE. Para cumplir con las nuevas regulaciones, los fabricantes de EPI deberán volver a cer- tificar todos sus productos cada 5 años. A partir del 21 de abril de 2019, todos los EPI deberán cumplir con la nueva regu- lación, a excepción de los ya comercia- lizados y que tengan un certificado que aún esté vigente. Finalmente, los distribuidores e impor- tadores de EPI deben deshacerse de sus existencias de EPI certificados bajo la antigua regulación antes del 21 de abril de 2023. Después de esta fecha, ya no se les permitirá venderlos. Nuevo reglamento UE: ¿qué cambia para las protecciones auditivas? G illes S an P edro S ales M anager S pain de C otral L ab

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