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36 Primer semestre 2018 América Latina se ha caracterizado desde hace ya varios años como la región más violenta del mundo. Venezuela en los úl- timos 19 años ha sido el escenario de una especial espiral de crímenes violentos que acumulan desde 1998 y hasta el año 2017 la escalofriante cifra de 314.542 homicidios. Muchos de esos crímenes ocurren en lugares de trabajo y/o durante el desarrollo de actividades laborales. De ahí la necesidad de atender urgentemente el tema de la violencia en las áreas de trabajo, con metodologías que son modelos de éxito, bajo un enfoque técnico y multidisciplinario. En Gaceta Oficial No. 40.973 del 24 de agosto del 2016, el Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social de Tra- bajo de la República Bolivariana de Venezuela, dictó la Nor- ma Técnica de los Servicios de Seguridad y Salud en el Tra- bajo. La misma tiene por objeto establecer los lineamientos que debe cumplir toda entidad de trabajo para la organiza- ción, conformación, registro y funcionamiento de los Servi- cios de Seguridad y Salud en el Trabajo en sus diferentes mo- dalidades. En el capítulo II, se instaura qué personal profesional debe formar los Servicios de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como mencionar sus funciones. En el caso específico de los profesionales del área de la psicología, establece dos intere- santes responsabilidades: “Garantizar dentro del programa de seguridad y salud en el trabajo planes para prevenir la vio- lencia en el trabajo” y llevar un sistema de vigilancia epide- miológica, el cual incluya la violencia laboral. Existen guías de buenas prácticas que sirven de orienta- ción para abordar el tema, como por ejemplo el documento “NTP 489: Violencia en el lugar de trabajo”, del Instituto Na- cional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (actual Instituto Nacional de Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo) de España. También, la norma mexicana NMX-R-025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y No Discriminación incluye mecanismos y regulaciones para prevenir, atender y sancionar la violencia laboral en el centro de trabajo. Hay diversas definiciones de lo que es la violencia laboral y la violencia en el área de trabajo. Por ejemplo, en Argenti- na la Ley No. 26.485 incluye el concepto de violencia laboral dentro de las categorías de violencia, y más específicamente a las de género. Pero la ya mencionado NTP 489 de España, indica que un hecho de violencia ocurrido en el área laboral Venezuela: violencia en el lugar de trabajo Alfredo Yuncoza Consultor de seguridad En la violencia tipo III la víctima tiene una relación laboral directa con su atacante, es decir pueden ser compañeros de trabajo del mísmo o diferente nivel organizacional

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