seguridad laboral 153

54 Junio 2017 proteccion cabeza ocular auditiva y respiratoria Más información: [email protected] Bibliografía. 1. Vaquero-Crespo J. Traumatismos craneoencefálicos. En: Neurología Extrahospitalaria. Madrid, 2004. Ed. A. Alayón, págs.457-477. 2. Martínez-Pérez R, Paredes I, Munarriz PM et al. Encefalopa- tía crónica postraumática: aquella gran desconocida. Neurolo- gía. 2017;32(3): 185-191. 3. Campdelacreu J. Enfermedad de Parkinson y enfermedad de Alzheimer: factores de riesgo ambiental. XII Reunión Anual del Grupo de Neurología del Trabajo de la SEN. Barcelona, 2011. http://neurologiadeltrabajo.sen.es/pdf/ponencia2011f.pdf 4.Quera-Salva MA, Leger D. Trastornos del sueño en pobla- ción laboral ocupada. Curso de formación continuada. Grupo de Neurología del Trabajo de la Sociedad Española de Neuro- logía. Barcelona, 2008. http://neurologiadeltrabajo.sen.es/cur- so_nt_2008.htm 5. Ortells-Ramon L, Tapiador-Sanjuán MJ, Vázquez-Espierrez C. Determinación de contingencia en patología cerebrovascular aguda. Reunión del Grupo de Neurología del Trabajo de la SEN. Barcelona 2007. http://neurologiadeltrabajo.sen.es/pdf/draortells_2007.pdf 6. Tejero-Juste C. Casuística hospitalaria de ictus en pobla- ción activa. Formas clínicas de presentación. Reunión del Gru- po de Neurología del Trabajo de la SEN. Barcelona, 2007. http://neurologiadeltrabajo.sen.es/pdf/drtejero_2007.pdf 7. Gil-Núñez A. Los diferentes factores de riesgo laboral y su impacto en el ictus ocupacional. Grupo de Estudio de Neuro- logía del Trabajo de la SEN. Barcelona, 2007. http://neurologia- deltrabajo.sen.es/pdf/gil_2007.pdf. causas mencionadas, se puede realizar prevención específica de posibles AT y, en cualquier caso, pautas que fácilmente se po- drían adoptar en la mayoría de puestos de trabajo: a) Prevenir el riesgo de una mala adaptación al trabajo noc- turno. b) Detectar precozmente patología del sueño subyacente. c) Favorecer una buena higiene del sueño y realizar siesta si se precisa. d) Regular adecuadamente la iluminación del puesto de traba- jo (4). 3. Los ictus en jornada laboral. Los criterios actuales para considerar un ictus como AT son: “las enfermedades de súbita aparición, como infarto agudo de miocardio, angor o ictus que acontecen en el lugar y tiempo de trabajo, la existencia de presunción de laboralidad y el no po- der descartar la influencia de factores laborales” (5). A este res- pecto ya existe una jurisprudencia consolidada que determina que quien se oponga a la calificación del ictus como AT será el que deberá probar que no tiene ninguna relación con el traba- jo y, en consecuencia, no existe presunción de laboralidad. Al invertir la carga de la prueba, se está reconociendo de antema- no que no se pueden descartar la influencia de factores labora- les como desencadenantes. Para conocer los criterios de laboralidad que algunos ictus cumplen, reconocerlos como AT y detectar posibles factores desencadenantes, además de otros objetivos, se realizó un es- tudio retrospectivo en una muestra de 1.234 pacientes, tras el alta hospitalaria (6). De los resultados, destacan los autores del trabajo que, en esta muestra de trabajadores, la frecuencia de ictus en relación con el puesto de trabajo y horario laboral es de un 23,7%. De ellos, el 86,5% se produjo en jornada laboral y el 13,5% “in itínere”; predomina el ictus hemorrágico frente al ictus isquémico. El 87,7% eran varones. En ocasiones el ictus está provocado por una disección ca- rotídea traumática, con mayor frecuencia de la carótida ex- tracraneal, tras un traumatismo cervical anterior; pero si el traumatismo es a nivel cervical posterior, se puede provocar una disección de la arteria vertebral. Con menos frecuencia también hemos visto fístulas carótido-cavernosas, atribuibles a traumatismos craneales menos graves, por caídas al mismo o diferente nivel. Es preciso hacer hincapié en el estrés como factor de riesgo vascular independiente, pero las dificultades para su identifica- ción como tal persisten y es mayor aún la dificultad para su con- trol en el trabajo. No obstante, los expertos y responsables de las unidades de ictus no parecen tener ninguna duda de que el estrés laboral incrementa el riesgo cardiovascular y es un factor de riesgo potencial de ictus, en relación con hábitos de vida in- adecuados, hipertensión arterial, depresión o síndrome meta- bólico. Consideran también que el estrés laboral es tratable y que se deben realizar programas de educación para la salud; en definitiva, prevenir el ictus en el lugar de trabajo (7).

RkJQdWJsaXNoZXIy MTI4MzQz