El almacenamiento seguro de productos químicos depende en gran medida del cumplimiento normativo de los contenedores modulares. En este artículo, repasamos la documentación exigida por el Reglamento APQ y el marcado CE, con especial atención a los certificados de resistencia al fuego.
Los contenedores modulares para productos químicos son una solución cómoda, económica y más segura que la obra civil para almacenar recipientes móviles (garrafas y botes, bidones, GRGs, palets, etc.), facilitando además el cumplimiento del Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos (RAPQ).
En los últimos meses, sin embargo, se ha detectado en el mercado el suministro de equipos con graves deficiencias en la documentación que debe exigirse al adquirir estos contenedores, así como al incluirlos en los proyectos de inscripción presentados en las delegaciones autonómicas.
Este artículo, dirigido tanto a usuarios finales / compradores como a ingenierías que realicen proyectos APQ y a Organismos de Control (OCAs), trata de resumir de forma clara e inequívoca cómo deben diseñarse y fabricarse los contenedores modulares para cumplir con dicho Reglamento APQ y por tanto cuál es la documentación asociada que debe presentarse a la Comunidad Autónoma correspondiente, la cual será revisada por el Organismo de Control como máximo a los 5 años de la puesta en marcha.
Reglamento de productos de la construcción (RPC) / Marcado CE
Según RAPQ, todos los contenedores modulares deben cumplir con el Reglamento Europeo de Productos de la Construcción (Reglamento (UE) nº 305/2011, en adelante RPC).
Dicho RPC contempla diferentes sistemas de evaluación y verificación de la constancia de las prestaciones (EVPC) según el producto de construcción del que se trate, siendo los contenedores modulares del sistema 2 +.
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