Carlos Lozano Martínez
Carlos Lozano Martínez Responsable de Servicios de Seguridad y Salud Fundación Laboral de la Construcción
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José Francisco Boubeta Técnico del área de Seguridad y Salud Fundación Laboral de la Construcción.

Evolución de la técnica y actualización normativa en los EPI como calzado profesional, de protección y de seguridad

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La protección efectiva de los pies se tiene que realizar empleando los equipos de protección individual adecuados para esta finalidad, pudiéndose llevar a cabo a través de los distintos tipos calzado dentro de la categoría de EPI: calzado trabajo, de protección o de seguridad.

En función de la evaluación de riesgos, será especialmente importante seleccionar aquel calzado que ofrece un nivel de protección adecuado a los riesgos específicos que tienen que cubrir. Por ello, es esencial conocer que el nivel de protección del calzado aumenta en función del cumplimiento con los requisitos que establecen las tres normas técnicas armonizadas de referencia: UNE EN ISO 20347 (calzado profesional) UNE EN ISO 20346 (calzado de protección) y UNE EN ISO 20345 (calzado de seguridad).

Los requisitos que cumple el calzado como EPI para la protección efectiva de los pies se pueden agrupar en dos grandes grupos: requisitos básicos y requisitos adicionales, destacando los requisitos adicionales, ya que a través de estos se establece que el calzado como EPI tiene que garantizar una serie de propiedades y características para ofrecer una protección eficaz frente a los riesgos de: “perforación”, “contacto eléctrico”, “ambientes adversos”, “absorción de energía en el talón”, “resistencia al agua”, “resistencia al corte”, “resistencia al deslizamiento”, “resistencia a hidrocarburos”, “agarre en escaleras”, “protección metatarsos y tobillo”….., entre otros.

Para una correcta selección, es importante conocer la naturaleza exacta del trabajo y las características particulares del sector en el que las personas trabajadoras desarrollan su actividad. Y en este sentido, para sectores como el de la construcción, cobra una especial relevancia, por las características particulares del mismo, que se valora la posibilidad de que el calzado de protección/seguridad además de cubrir los riesgos fundamentales en la protección de pies, dispongan de unas características adicionales, tales como ligereza, transpirabilidad, estanqueidad frente a condiciones extremas, agarre, optimización de la energía de pisada con objeto de tener en cuenta aspectos como la movilidad o las condiciones climáticas de intemperie.

Actualización de las normas técnicas armonizadas

Recientemente se ha procedido a la actualización de las normas técnicas armonizadas de aplicación en el calzado de uso profesional que dan conformidad y complementan los requisitos esenciales del Reglamento Europeo (UE) 2016/425 relativo a los equipos de protección individual.

El cumplimiento de las normas técnicas armonizadas es fundamental para garantizar una evaluación de conformidad adecuada y completa con todos los requisitos que debe cumplir el calzado de uso profesional de protección y de seguridad. Siendo las normas armonizadas principales para estos EPIs:

  • UNE-EN ISO 20345:2022 Equipo de protección individual. Calzado de seguridad.
  • UNE-EN ISO 20346:2022 Equipo de protección individual. Calzado de protección.
  • UNE-EN ISO 20347:2022 Equipo de protección individual. Calzado de trabajo.

Asimismo, y para dar respuesta al cumplimiento con determinados riesgos especiales, como por ejemplo el “riesgo eléctrico” o el riesgo “frente al contacto con productos químicos”, es necesario acudir a una serie de normas técnicas armonizadas específicas, tales como:

  • UNE-EN IEC 61340-4-5:2018 Electrostática. Parte 4-5: Métodos de ensayo normalizados para aplicaciones específicas. Métodos para la caracterización de la protección electrostática del calzado y el suelo en combinación con una persona.
  • UNE-EN 50321-1:2018 Trabajos en tensión. Calzado de protección eléctrica. Parte 1: Calzado y cubrebotas aislantes.
  • UNE-EN 13832-3:2020 Calzado protector frente a productos químicos. Parte 3: Requisitos para el contacto prolongado con productos químicos.

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