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Primer semestre 2017

En el año 1911, el Perú se convirtió en el país líder en Latinoa-

mérica en materia normativa de seguridad y salud en el trabajo

(SST), al promulgarse la Ley N° 1378, primera ley que reguló al

aseguramiento e indemnizaciones por accidentes de trabajo. Sin

embargo, durante los siguientes 100 años, el país estaba entre los

últimos países más atrasados en estos temas. La normativa era

dispersa, en ausencia de una ley macro, existiendo puntuales dis-

posiciones aplicables a determinados sectores, dejando de lado,

por ejemplo, al sector educativo, al transporte, al comercio y, so-

bre todo, al sector público. No se contaba con una política de Es-

tado clara sobre la regulación de la seguridad y salud en el trabajo

y era el único país de la CAN sin referencias explicitas en la Cons-

titución sobre la seguridad y salud en el trabajo y la única sin una

norma con carácter de Ley.

Sin embargo, al cumplirse el centenario de Ley 1378, en el año

2011, fue aprobada la Ley 29783, la cual pone al Perú en línea con

los avances de la seguridad y salud en el trabajo. Esta ley es bas-

tante amplia y exigente. Se aplica a personas independientes, mi-

croempresas e incluso al sector público. Su incumplimiento pue-

de llegar a sanciones penales de hasta 6 años de cárcel y multas

de más 260.000 dólares.

La normativa y la organización estatal de la seguridad y salud

en el trabajo del Perú tienen muchas similitudes con las de Espa-

ña. La Ley 29783 tiene muchos elementos de la Ley 31 de 1995,

tales como: la planificación de la actividad preventiva, los servicios

de prevención de riesgos laborales ajenos, propios o mancomu-

nados, la evaluación inicial de los riesgos para la seguridad y la sa-

lud de los trabajadores, entre otros.

A pesar de los avances normativos aún falta mucho que legis-

lar. Por ejemplo:

1. Aún no está definida la competencia del profesional de segu-

ridad y/o salud ocupacional. Actualmente, este vacío de profe-

sionales los están cubriendo bomberos, técnicos, ingenieros y

demás profesionales de diversas áreas.

2. En el país solo hay 4 universidades que dictan carreras profe-

sionales asociadas a la seguridad y salud en el trabajo.

3. A partir del 01/01/2015 se hacen obligatorias las auditorías de

seguridad y salud en el trabajo. Sin embargo, existe un déficit

de auditores que auditen a las 1.713.272 empresas en el Perú

(datos según el INEI, hasta junio de 2014).

4. Ya han pasado más de 5 años y aún los reglamentos secto-

riales, como la Norma G050 (construcción), el DS 42F (indus-

trias), etc., no se han adecuado a la Ley 29783.

Desde hace más de una década, el Perú ha experimentado un

crecimiento económico fuerte y el auge del tema de la seguridad

y salud en el trabajo viene creciendo de la par con el desarrollo

económico, pero en el 2014 el país enfrentó una desaceleración

en el crecimiento de su economía y la Ley 29783 fue una de las

afectadas, pues sufrió unas modificaciones para reducir los gastos

y temores de los empresarios a fin de reactivar la inversión priva-

da. Es así como se aprueba la Ley 30222, la cual modificó 6 artícu-

los de la Ley 29783: 13, 26, 28, 32, 49 y 76. Es así como los exáme-

nes médicos ocupacionales de sectores que no son de alto riesgo

pasaron de ser cada año a ser cada 2 años y, desde diciembre de

2016, ya no es obligatorio el examen médico ocupacional de in-

greso. También se redujeron las sanciones penales de 10 a 6 años.

La legislación en materia de seguridad y salud en el trabajo del

Perú viene dando avances y retrocesos, pero al menos ya se está

recuperando el siglo que se perdió en el tiempo.

La seguridad y salud en el trabajo en el Perú

Pablo J. Pinto

Presidente de la Asociación Peruana de Prevencionistas de Riesgos (APDR)

E-mail:

[email protected]

PERÚ

ESPAÑA

Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CONSSAT)

Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CNSST)

Escuela Nacional de Formación del Sistema de Inspección de Trabajo

Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social

Observatorio Nacional del Sistema de Inspección del Trabajo

Observatorio Estatal de Condiciones de Trabajo

Tribunal de Fiscalización Laboral

Sala IV Social Tribunal Supremo

En este recuadro se indican algunas similitudes entre el sistema nacional de SST de Perú y España.