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Juan José Miñaca Gallego Project Engineer Asea Brown Boveri, S.A.

Prevención y seguridad en el trabajo en zonas ATEX

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Aunque no se den con mucha frecuencia en la industria, cuando se produce una explosión, suelen tener consecuencias catastróficas, por lo que se deben considerar como un riesgo más de la actividad. El riesgo de explosión puede aparecer en cualquier empresa donde se manipulen sustancias inflamables y/o combustibles, ya sea en estado líquido (gases y vapores inflamables) o en estado sólido (polvo y fibras inflamables). Al contrario de lo que pudiéramos pensar, este tipo de riesgo puede aparecer en gran parte de los procesos industriales, desde la industria alimentaria (harineras, cereales…) hasta la industria química y petroquímica. Y esto es especialmente peligroso en las denominadas zonas ATEX.

Una explosión es una liberación súbita de gas a alta presión en el ambiente mediante una onda de presión, cuya componente principal es una onda de choque.

Hablamos de una combustión rápida que generará gases calientes que se expansionan, dando lugar a una onda de presión (onda aérea) y a un frente de llama que se propagará muy rápido.

La energía que se libera en una explosión lo hace en un tiempo muy pequeño y por tanto con una gran potencia.

Si la combustión es rápida, pero sucede a una velocidad menor que la del sonido, se trata de una deflagración. Si se produce a una velocidad mayor que la del sonido, hablaríamos de una detonación.

Se considerarán lugares con riesgo de incendio y explosión, denominados ATEX (ATmósferas EXplosivas), los emplazamientos en los que se pueden presentar gases, nieblas, vapores, fibras o polvos en cantidad suficiente para producir una atmósfera explosiva (ATEX). Para que se forme una atmósfera explosiva, la concentración de gases, vapores o nieblas inflamables en el aire debe de estar dentro de un determinado rango, delimitado por los límites inferiores y superiores de explosividad.

  • Límite inferior de explosividad (LIE): es la concentración mínima de gases, vapores o nieblas inflamables en aire por debajo de la cual, la mezcla no es explosiva.
  • Límite superior de explosividad (LSE): es la concentración máxima de gases, vapores o nieblas inflamables en aire por encima de la cual, la mezcla no es explosiva.

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En este marco, las directivas ATEX (atmósferas explosivas) establecen las medidas necesarias para garantizar la seguridad frente a las explosiones, estas se dividen en dos:

  1. Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 1994/9/CE, relativa a los aparatos y sistemas de protección para usos en atmósferas potencialmente explosivas (transpuesta al derecho español mediante el RD 400/1994).
  2. Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 1999/92/CE, relativa a la protección de la seguridad y salud de los trabajadores expuestos a los riesgos derivados de atmósferas explosivas en el lugar de trabajo (transpuesta el derecho español mediante el RD 681/2003).

Entre otras cosas, el RD 681/2003 fija sobre las obligaciones del empresario, que se deben tomar las medidas de carácter técnico y/o organizativo para impedir la formación de atmósferas explosivas o, cuando la naturaleza de la actividad no lo permita, evitar la ignición de atmósferas explosivas y atenuar los efectos perjudiciales de una explosión de forma que se garantice la salud y seguridad de los trabajadores.

¿Qué medidas de prevención y protección se deben aplicar en una zona con riesgo de formación de ATEX?

El primer principio de la acción preventiva es eliminar el riesgo en su origen, para ello se tratará de eliminar la formación de ATEX, mediante;

  • Sustitución de las materias combustibles o inflamables por otras que no lo sean. Actuando sobre las sustancias, las mezclas…, o bien actuando sobre el propio proceso.
  • Limitación de la concentración de polvo combustible.
  • Inertización de la zona.

Si aun así no hemos conseguido eliminar el riesgo de formación de ATEX, trataremos de:

  • Evitar la ignición de la atmósfera explosiva, mediante; eliminación de las llamas y superficies calientes, eliminación de las chispas de origen eléctrico y/o mecánico, supresión de descargas electrostáticas, etc.
  • Atenuar los efectos de la explosión, mediante dispositivos de descarga de presión (venteos…), equipos resistentes a la explosión, etc.
  • Uso de EPIS adecuados (ropa y calzados antiestáticos).

Todas estas medidas deben completarse con medidas organizativas;

  • Formación e información de los trabajadores.
  • Instrucciones por escrito y permisos de trabajo.
  • Señalización de la zona de trabajo.
  • Procedimientos de orden y limpieza.

Estas medidas pueden organizarse en técnicas y organizativas.

Medidas técnicas

Medidas para evitar la formación de ATEX:

  • Diseño y construcción: estas medidas están basadas en un buen diseño de la instalación, así como en el mantenimiento de la misma.
  • Ventilación.
  • Mantenimiento e inspecciones.

Medidas para evitar la ignición:

  • Los equipos eléctricos y los sistemas de protección y sus componentes destinados a su empleo en emplazamientos con riesgos de explosión deberán cumplir una serie de requisitos de seguridad, las disposiciones establecidas en el RD 400/1996 de 1 de marzo.
  • Instalaciones de puesta a tierra: la electricidad estática puede generar chispas que inflamen las concentraciones explosivas.
  • Limitar concentraciones de sustancias inflamables, aumentar la granulometría del polvo, etc.
  • Distancias de seguridad.
  • Herramientas de seguridad.

Medidas organizativas

  • Normas de seguridad: normas básicas de prevención de incendios/explosiones.
  • Coordinaciones de actividades empresariales con contratistas.
  • Sistema de permisos de trabajo para aquellas actividades con riesgo de explosión.
  • Normas y procedimientos.
  • Formación e información.
  • Señalización.
  • Orden y limpieza.

Para el caso de que se produjera una explosión, existen una serie de medidas correctoras, encaminadas a limitar las consecuencias de las posibles explosiones. A continuación, se exponen algunas de estas medidas:

  • Plan de emergencia.
  • Sistemas de protección contra incendios.
  • Características constructivas de las instalaciones.