Javier Díaz
Javier Díaz Responsable técnico ASEPAL

Las claves de la seguridad del EPI

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Cuando hacemos uso de un equipo de protección individual (EPI), solemos asumir que éste va a responder como se espera, depositando así nuestra salud y seguridad en este equipo. Esta confianza que depositamos en la seguridad del EPI depende de la evaluación de la conformidad del producto. Este procedimiento es complejo, requiere de un conocimiento perfecto sobre el equipo y la normativa aplicable al EPI, ya que los errores en este proceso de evaluación de la conformidad se traducen en una especie de “grietas” en el escudo de la seguridad que representa el EPI para la persona que lo utilizará.

¿Cómo influye la evaluación de la conformidad en la seguridad del EPI?

De forma general, asumimos que un EPI será seguro si cumple dos condiciones: ofrece protección adecuada frente a los riesgos previstos y previsibles por el fabricante y si no pone en riesgo la salud y la seguridad de la persona que lo llevará. La forma en que el fabricante del EPI se asegura de que el equipo reúna estas dos condiciones es mediante el cumplimiento de los requisitos de salud y de seguridad del anexo II del Reglamento (UE) 2016/425.

Estos requisitos esenciales necesitan de concreción para poder aplicarse a un tipo de equipo de protección determinado. Esto se obtiene mediante las normas aplicables a ese tipo de EPI. La seguridad del EPI dependerá precisamente en el proceso por el cual el fabricante se asegura de que el EPI cumple con los requisitos de estas normas aplicables y de las pruebas y ensayos que realiza para tal fin.

¿En qué consiste el proceso de evaluación de la conformidad?

Para los EPI de categoría I, el fabricante debe evaluar la conformidad del EPI con los requisitos esenciales del Reglamento EPI, realizando los ensayos destinados a comprobar que el EPI cumple con las normas aplicables y/o los requisitos de seguridad del Reglamento EPI. 

Para los EPI de categoría II y III, el fabricante debe someter al EPI a un examen UE de tipo (en la jerga del sector, a esto se le conoce como ‘módulo B’), desarrollado por un organismo notificado, que evaluará la conformidad del EPI con los requisitos esenciales del reglamento.

Para los de categoría III, además, se someterá a un proceso adicional supervisado anualmente por un organismo notificado, con un control supervisado de la producción, o alternativamente, mediante el aseguramiento de la calidad del proceso de producción (módulos C2 y D, respectivamente). 

En todos los EPI, el fabricante establecerá un sistema de control interno de la producción, que le permita controlar que la producción es coherente con el EPI evaluado.

Este procedimiento de evaluación de la conformidad se asocia con una serie de documentos y marcados que denotan que la evaluación se ha hecho correctamente. Aquí destacaremos:

    • Documentación técnica: sólo está a disposición del organismo notificado o de la vigilancia de mercado. Es el elemento esencial de la evaluación. Detalla qué hace el fabricante para asegurar la conformidad del EPI. Su elaboración es compleja y requiere de un conocimiento profundo de la normativa y del EPI. Desde su fundación, ASEPAL ha puesto a disposición de sus asociados su experiencia y conocimiento en estos dos campos, para asesorarles en la comprensión y elaboración de este documento fundamental.
  • Certificados de los módulos B y C2/D. Los certificados que emite el organismo notificado cuando se superan los módulos B y C2 o D no deben ser entregados junto con el EPI, pero la referencia del certificado del módulo B se mencionará en la declaración UE de conformidad y siempre se identificará al organismo notificado que intervenga en el proceso.
  • Declaración UE de conformidad: especifica qué normativas cumple el equipo para cumplir con los requisitos del Reglamento EPI. Debe contener la referencia del certificado UE de Tipo e identificar a los organismos notificados intervinientes. Debe entregarse junto con el EPI, o especificar en el folleto informativo una URL donde se pueda consultar.
    • Folleto informativo: se considera parte integral del EPI y es el documento más importante de un equipo. Siempre se entregará junto con el EPI y en él debe darse una serie de información mínima que se detalla en el Reglamento EPI.
  • Marcado CE. Cuando se supera el proceso de evaluación, el fabricante coloca o manda colocar el marcado CE con las proporciones que figuran en el Reglamento EPI. En los EPI de categoría III se añadirá junto al marcado el número identificativo del organismo que hace el módulo C2 o D, según aplique.

ASEPAL promueve activamente la comercialización de equipos conformes a las disposiciones vigentes. Dada la importancia de la evaluación de la conformidad en la seguridad del EPI, desarrolla actividades de asesoramiento y formación específicas para sus empresas asociadas, en aras de una mejora continua de las condiciones de salud y seguridad de los trabajadores.