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Antonio Roda Montes Oficial técnico de extinción (jubilado). Servicio de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento Ayuntamiento de Sevilla

La PRL y la vigilancia de la salud en el trabajo de los bomberos

Extinción de un incendio por bomberos..

Los bomberos necesitan amplia formación en muchas materias, intervienen en numerosas actividades relacionadas con diferentes profesiones y, en la mayoría de los casos, en situaciones de riesgo.

Cuando inicié mi vida profesional en 1980 definía a un bombero como un aprendiz de todas las profesiones y maestro de ninguna. Hoy día, el bombero recibe una formación teórica y práctica multidisciplinar que lo ha convertido en un buen profesional con amplios conocimientos técnicos. Podríamos decir que el bombero ha pasado de actuar con osadía, valor y poca formación técnica a trabajar con prudencia, valor y buena preparación técnica.

Legislación de PRL para bomberos

Durante muchos años los cuerpos de bomberos han adolecido de normativa y legislación de todo tipo. Poco a poco, con la integración de España en la Unión Europea se ha ido cambiando y mejorando este marco normativo, legislando en: vestuario, equipos de protección personal, equipos respiratorios, vehículos, etc., pero faltaba lo relativo a prevención de riesgos de los propios bomberos.

Con La Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales, se inició un nuevo marco normativo y legislativo en materia de PRL para todos los trabajadores españoles, que se ha desarrollado y ampliado a lo largo de estos años.

Sin embargo, esa Ley, en el artículo 3.2., indicaba que “la presente Ley no será de aplicación en aquellas actividades cuyas particularidades lo impidan en el ámbito de las funciones públicas de: servicios operativos de protección civil y peritaje forense en los casos de grave riesgo, catástrofe y calamidad pública”.

Al ser los bomberos servicios operativos de protección civil, se entendió que no teníamos que cumplirla, estando a la espera de un desarrollo legislativo especifico, como sí ha ocurrido con Reales Decretos para Guardia Civil (2005), Cuerpo Nacional de Policía (2006) y Fuerzas Armadas (2007).

En año 2010, se publica el R.D. 67 “Adaptación de la legislación de Prevención de Riesgos Laborales a la Administración General del Estado”, en el que se especificaba que “en los servicios operativos de protección civil y peritaje forense en los casos de grave riesgo, catástrofe y calamidad pública la exclusión únicamente se entenderá a efectos de asegurar el buen funcionamiento de los servicios indispensables para la protección de la seguridad, de la salud y el orden público en circunstancias de excepcional gravedad y magnitud, quedando en el resto de actividades al amparo de la normativa general de prevención de riesgos laborales”.

Parecía que quedaba más claro: la Ley de PRL había que cumplirla por los bomberos, salvo en determinadas y muy específicas circunstancias, que quedaron por definir adecuadamente.

Durante este tiempo, ha habido servicios de bomberos que han realizado muy buenos trabajos relativos a la planificación y organización según lo exigido en la normativa de PRL, gracias al empeño de jefes, mandos y bomberos que han aportado sus conocimientos y experiencias. Otros no lo han podido realizar por diferentes motivos: no tener formación específica en PRL, no disponer de una guía homologada sobre la PRL o porque esas competencias son de secciones o servicios de PRL de la administración a la que pertenece el servicio contra incendios.

Ante esta situación, en el año 2013 (enero y septiembre) y 2014 (marzo), se promovieron en Granada unas jornadas técnicas (“Jornada sobre PRL en los cuerpos de bomberos”), a la que asistieron mandos y jefes de bomberos de distintos parques de Andalucía y del resto de España, con el objetivo de informar, unificar y establecer líneas de trabajo relativas a la PRL en bomberos.

Bomberos.

Dentro de las conclusiones de las jornadas, cabe destacar:

  • Apreciamos que existe un vacío legal para aplicar la actual Ley de PRL en bomberos, pues se está aplicando la legislación y normativa de prevención de distintos sectores profesionales. Ante esta situación, su utilización se hace difícil en el trabajo de los bomberos, dada la diversidad de actuaciones. Solicitamos un real decreto, al igual que tienen Guardia Civil, Policía Nacional y Fuerzas Armadas. Debemos impulsar, con el Ministerio de Trabajo y con las distintas Administraciones, que exista esa legislación.
  • La falta de legislación específica para bomberos está produciendo, como se ha constatado, que el cumplimiento de la actual Ley de PRL en los cuerpos de bomberos no se está aplicando con los mismos criterios en las distintas provincias y comunidades españolas por parte dichos cuerpos y de las inspecciones de trabajo correspondientes.
  • A todos los asistentes nos preocupan las responsabilidades que conlleva el actual marco legislativo, en el ejercicio de nuestra profesión y funciones.

La PRL en el trabajo de los bomberos

La eficacia en una intervención de emergencia está basada en la formación, el adiestramiento recibido y en la prevención de riesgos. Este axioma es el objetivo que los bomberos aplican en sus actuaciones. Con la Ley de PRL se trata de organizar y normalizar los mecanismos técnicos y documentales que se deben preparar por los cuerpos de bomberos, relativos a todas sus actuaciones e intervenciones, disponiendo de una herramienta útil de trabajo, donde la estandarización suponga una mejora en la actividad preventiva y una protección clara a los bomberos con el fin único y primordial de su seguridad.

La vigilancia de la salud

Otra parte primordial en la PRL es la vigilancia de la salud de los bomberos. Estos realizan muchas actuaciones con riesgos de todo tipo (físicos, presencia de materias tóxicas, venenosas, etc.), sin olvidar los aspectos psicológicos. Por lo tanto, tiene que estar integrada en el plan integral de PRL.

En las jornadas de Granada se discutió la obligatoriedad o voluntariedad de que los bomberos realicen los controles médicos. Los asistentes consideraban que deben ser obligatorios. En una intervención, el estado de salud del bombero puede constituir un riesgo para él, para sus compañeros o para terceros.Vemos que queda mucho trabajo por desarrollar, esperando:

  • Que pronto tengamos el RD de PRL para bomberos.
  • Que se normalice toda la documentación, procedimientos y protocolos, de forma que pueda ser utilizada por los distintos servicios de bomberos.
  • Que jefes, mandos y bomberos asuman que la aplicación de PRL es un instrumento para nuestras actuaciones en emergencias y en cualquier actividad, basado en la prevención y protección, mediante un trabajo conjunto de todos.
  • Que se desarrollen los procedimientos, protocolos o fichas de intervención, para conseguir su normalización, teniendo en cuenta el potencial de cada parque, en personal y dotación de vehículos, siendo tareas de todos.
  • Que entendamos que la Inspección de Trabajo vela por la seguridad y salud de todo el colectivo, integrado por jefes, mandos y bomberos.