¿Qué no está considerado como accidente laboral?

Prevención de riesgos laborales.
Gertrudis Bujalance

Un accidente laboral es todo suceso repentino acontecido por causa o con ocasión del trabajo, que produce al empleado una lesión grave, una invalidez, una enfermedad crónica o incluso la muerte.

Accidente laboral: qué es y quiénes pueden sufrirlo

En el BOE consta de manera clara qué se considera accidente laboral, según el artículo 156 del Real Decreto 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). “Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena”.

De hecho, la Ley 20/2007 incluye a los trabajadores autónomos dentro de esta definición, aunque las cifras se puedan desglosar en tres apartados: universo total de trabajadores, empleados por cuenta ajena y autónomos. Pero conviene dejar claro qué se considera un accidente laboral y qué no. Porque un trabajador puede sufrir una lesión en multitud de lugares ajenos a la sede de la empresa propiamente dicha, desde la ruta de desplazamiento al trabajo pasando por el propio domicilio en régimen de teletrabajo.

¿Qué casos no se consideran accidente laboral?

  • Imprudencia temeraria del propio empleado.
  • Fuerza mayor desligada del trabajo, como determinados fenómenos climatológicos.
  • Simulación para provocar un accidente de forma voluntaria.
  • Intervención de otra persona, con culpa civil o criminal.

¿Qué casos se consideran accidente laboral?

  • Resultante de la tarea durante la jornada de trabajo, aunque sea distinta de la habitual.
  • Sucedido en el lugar de trabajo y durante el horario laboral.
  • Desplazamiento o in itinere. Durante el trayecto de ida o vuelta.
  • En misión. Lugar diferente del habitual para realizar encargo de la empresa.
  • Sindical. Relacionado con actividades del sindicato correspondiente.
  • Actos de salvamento.
  • Enfermedad causada o agravada por un accidente de trabajo.
  • Enfermedad común provocada por la ocupación profesional.
  • Imprudencia profesional. Producto de la confianza excesiva en el desempeño.
  • Teletrabajo en determinadas circunstancias.